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El periodo de representación estudiantil será del año 2017 al 2019, regístrate antes del 18 de octubre.

 

La Dirección de Bienestar Institucional convoca a los estudiantes que actualmente estén cursando cuarto semestre en adelante, y cuenten con un promedio general de 4.5, a postularse como representantes de la comunidad estudiantil, ante el Consejo Académico o Superior 2017-2019.

La fecha máxima de postulación será el 18 de octubre, la socialización de los perfiles y propuestas obtenidas serán estudiadas del 20 al 27 de octubre y las votaciones se realizarán los días 30 y 31 de octubre. Los elegidos serán ubicados de la siguiente manera:

tabla representanta de la comunidad estudiantil

De acuerdo a los Estatutos Institucionales

Para la elección del representante de docentes, consignadas en el Estatuto Orgánico de la UNIAGUSTINIANA, Capítulo 5, artículo 35, los interesados deben:

  1. a) Tener un término no menor de dos (2) años permanentes en la corporación.
  2. b) No haber sido sancionado disciplinariamente durante todo su tiempo de servicio a la corporación.
  3. c) Haber sido evaluado con “Sobresaliente” durante el último año previo a su elección.

 

Para realizar su inscripción haga clic Aquí

Funciones del Consejo Superior, entre otras son:

Adelantar la dirección académica, investigativa, administrativa, financiera y de planeación institucional. Presentar a la Asamblea General un informe anual general, o cuando ella lo solicite; sobre los planes, programas, proyectos y actividades desarrolladas por la CORPORACIÓN. Adoptar y reformar la estructura orgánica institucional, de acuerdo con los criterios y políticas fijadas por la Asamblea General. Crear, extender, modificar o suprimir programas académicos y/o dependencias administrativas o seccionales de la CORPORACIÓN y delegar esta función en el Rector cuando así lo estime conveniente previo concepto del Consejo Académico.

Autorizar al Rector para comprar, vender o gravar bienes inmuebles y para celebrar contratos que superen la cuantía determinada de manera general por el mismo Consejo Superior, así como la contratación de empréstitos y la constitución de garantías, siempre y cuando no afecte desfavorablemente el patrimonio de la CORPORACIÓN. Aprobar en primera instancia los planes de desarrollo de la CORPORACIÓN presentados por el Rector. Aprobar en primera instancia el presupuesto anual de ingresos y gastos de la CORPORACIÓN. Nombrar dos (2) representantes al Consejo Académico para períodos de dos (2) años, quienes podrán ser reelegidos. Determinar el valor de todos los derechos pecuniarios que, por concepto de derechos de matrícula, derechos de realización de exámenes de habilitación, supletorios y preparatorios, derechos por la realización de cursos especiales y de educación permanente, derechos de grado, derechos de expedición de certificados y constancias, establecidos en el art. 122 de la Ley 30 de 1992. Entre otras que sean asignadas por la asamblea.

Funciones del Consejo Académico, entre otras son:

Vigilar y dar estricto cumplimiento a todas las disposiciones de orden académico establecidas en la Ley, en el Estatuto y reglamentos de la CORPORACIÓN. Dirigir la actividad académica y de planeación, en las áreas de docencia, investigación, proyección social, administración académica y de servicios institucionales de calidad. Diseñar y proponer al Consejo Superior las políticas académicas de docencia, investigación, planeación, proyección social y estudiantil, de acuerdo con la misión institucional y los respectivos programas. Conceptuar ante el Consejo Superior sobre la adopción o reforma del proyecto educativo institucional, los reglamentos relacionados con su actividad y sobre la creación, extensión, supresión o modificación de los programas académicos y de las áreas académico-administrativas relacionadas. Asesorar al Rector en los asuntos académicos que someta a su consideración y servir de órgano consultivo institucional. Actuar como segunda instancia en los procesos disciplinarios de estudiantes y docentes, de acuerdo con el debido proceso y según lo que prescriban los reglamentos correspondientes. Rendir informes periódicos al Consejo Superior. Entre otras que sean asignadas por la asamblea

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Cualquier comentario o inquietud por favor dirigirla a

Natalia Osorio Palacio, al correo direccionbienestar@uniagustiniana.edu.co

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